Hola pilotos españoles. La nueva normativa para drones en España ya está en vigor y ha sido publicada en el BOE (Boletín Oficial del Estado). Sorprendentemente, se publicó al día siguiente de ser firmada en el Consejo de Ministros, una rapidez inusitada, considerando que usualmente toma al menos dos semanas. Esta urgencia muestra la clara intención del gobierno de regular y controlar el uso de drones. Si eres piloto de drones, este artículo es crucial para ti, pues te explicaré todos los cambios, tanto los positivos como los negativos, de esta nueva normativa.
Cambios Positivos en la Nueva Normativa
Vuelo en CTRs

Uno de los cambios más significativos y positivos es la flexibilización en los vuelos en CTRs (Zonas de Control de Tráfico Aéreo). Ahora, se permite volar en estas áreas hasta 60 metros de altura sin necesidad de coordinación, comunicación con el aeropuerto, carnet de radiofonista, ni estudios de seguridad aeronáutica. Esto aplica tanto para vuelos recreativos como profesionales, en categoría abierta o específica.
Sin embargo, si deseas volar a más de 60 metros, se requiere seguir las coordinaciones tradicionales: carnet de radiofonista, estudio de seguridad aeronáutica, y aprobación del CTR correspondiente.

Seguro de Responsabilidad Civil
Otro aspecto positivo es la eliminación del seguro de responsabilidad civil como requisito obligatorio para la mayoría de los vuelos. A partir de ahora, solo será necesario para:
- Subcategoría A2 (drones de más de 900 gramos en entorno urbano).
- Categoría específica (STS 01 y STS 02 españoles y europeos).
Para vuelos recreativos y profesionales en otras categorías, el seguro no es obligatorio. No obstante, mantener un seguro puede ser prudente para protegerse ante posibles incidentes.
Comunicación al Ministerio del Interior
La comunicación obligatoria al Ministerio del Interior para vuelos en entornos urbanos se ha reducido de 10 a 5 días naturales. Aunque esto parece positivo, hay consideraciones adicionales que discutiré más adelante.
Altura Máxima de Vuelo
Con cualquier dron en categoría abierta, ya no estamos limitados a 20 metros de altura. Ahora podemos volar hasta 120 metros, e incluso superar obstáculos como edificios hasta 15 metros adicionales.
Solicitudes Unificadas en Zonas Medioambientales
Las solicitudes para volar en zonas medioambientales (zonas ZEPA y MICOS) serán unificadas. Esto debería facilitar y acelerar el proceso, ya que antes dependía de cada comunidad autónoma o provincia, lo que generaba confusión y restricciones dispares.

Cambios Negativos en la Nueva Normativa
Mayor Control y Restricciones en Entornos Urbanos
Aunque la comunicación al Ministerio del Interior se ha reducido a 5 días, la Policía Nacional ahora tiene la potestad de denegar operativas. Antes, solo podían avisar a AESA y proponer sanciones, pero ahora pueden impedir directamente los vuelos si consideran que representan un riesgo para la seguridad ciudadana.
Además, cualquier vuelo en entorno urbano, incluso con drones de menos de 250 gramos, requiere esta comunicación. Esto elimina el margen que existía para vuelos recreativos en pequeños pueblos o ciudades.
Registro Obligatorio de Drones
Todos los drones deben ser registrados, independientemente de su antigüedad. Para drones nuevos, el registro debe realizarse en un plazo de 15 días desde la compra, proporcionando datos fiscales del comprador y vendedor, así como el número de serie del dron. Para drones existentes, hay un periodo de 6 meses para completar el registro.
Restricciones en Vuelo Urbano
El vuelo en entornos urbanos bajo la categoría abierta está prácticamente restringido. No se permite sobrevolar edificios, casas, parcelas, jardines, patios interiores, ni cualquier infraestructura fija. Las distancias mínimas a mantener son:
- Drones de menos de 250 gramos: pueden acercarse a las fachadas sin límite específico.
- Drones de 250 a 900 gramos: deben mantenerse a 10 metros de las fachadas.
- Drones de más de 900 gramos: deben mantenerse a 30 metros de las fachadas.
Carnet de Radiofonista
El carnet de radiofonista se divide en teoría y práctica. La teoría será impartida gratuitamente por AESA online, pero la práctica debe realizarse con una ATO (organización de entrenamiento aprobada) y tendrá una caducidad de dos años. Esto añade complicaciones y costos adicionales para los pilotos.
Zonas Geográficas de UAS Particulares
Se pueden crear zonas geográficas de UAS particulares, donde empresas privadas o particulares pueden solicitar restricciones de vuelo sobre sus terrenos. Esto podría aumentar significativamente las áreas restringidas, dependiendo de cómo AESA apruebe estas solicitudes.
Régimen Sancionador
El régimen sancionador de AESA mantiene las mismas cuantías elevadas, lo que puede resultar desproporcionado y disuadir el uso de drones por miedo a multas excesivas.
Reflexiones Finales
Estos cambios, aunque incluyen mejoras, también imponen restricciones significativas que pueden complicar tanto el uso recreativo como profesional de drones en España. Es esencial mantenerse informado y cumplir con todas las nuevas normativas para evitar sanciones.
La normativa actual refleja un balance entre facilitar el uso de drones y garantizar la seguridad ciudadana. Sin embargo, es crucial que las autoridades y los usuarios trabajen juntos para ajustar y mejorar estas regulaciones, asegurando que no se conviertan en un obstáculo innecesario para los pilotos responsables.


